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BNP Paribas : Adoptar la directiva MiFID a escala europea

BNP  Paribas : Adoptar la directiva MiFID a escala europea
 
Cliente BNP Paribas, es un líder europeo de talla mundial en servicios bancarios y financieros, a la vez que uno de los 4 bancos más sólidos del mundo según Standard & Poor's.

Nuestro reto Respaldar al cliente en el asesoramiento y coordinación de las entidades afectadas, a causa de la aplicación de la directiva MiFID.

Nuestra solución Asesoramiento y coordinación

Resultados Superado el desafío de operar a partir del 1 de noviembre de 2007, en un espacio europeo transformado, habrá que esperar hasta finales de 2008, principios de 2009, para efectuar una evaluación conjunta de todo lo implantado en las diferentes filiales y divisiones.

Para obtener más información:
contacte con nosotros.

Desde el 1 de noviembre de 2007 y al igual que los demás bancos implantados en Europa, BNP Paribas ha tenido que aplicar la directiva MiFID. Dada la envergadura de la operación, el departamento de Convergencia del Grupo ha pedido a CSC que le respalde en el asesora-miento y coordinación de las entidades afectadas.

La directiva europea MiFID, cuyo fin es proteger a los inversores particulares y fomentar al mismo tiempo la competencia en el mercado de capitales armonizando el marco reglamentario, afecta a muchas de las actividades de BNP Paribas. Desde junio de 2006, los equipos del departamento de Convergencia y de las distintas divisiones del Grupo llevan cooperando estrechamente para ajustar su organización a los requerimientos de la MiFID. En este contexto, el departamento de Convergencia del Grupo se ha encargado de la coordinación global y del seguimiento de la operación con el fin de garantizar una óptima integración de las disposiciones de la reglamentación en todos los proyectos y políticas (230 proyectos realizados en 19 países a través de tres grandes ámbitos de actividad: “banca corporativa y de inversión”, “gestión de activos y servicios” y “banca minorista”). La transposición de esta ley constituye sin duda alguna uno de los desafíos más importantes que BNP Paribas ha tenido que afrontar recientemente en materia de adaptación reglamentaria.


Proponer herramientas y una metodología
La primera etapa, de julio a noviembre de 2006, consistía en establecer un diagnóstico de la situación vigente y de la deseada por las diferentes divisiones teniendo en cuenta las oportunidades proporcionadas por la MiFID. El objetivo era proporcionar las herramientas para este proceso y una metodología estructurada que permitiese llevar a cabo un estudio de impacto y evaluar lo que quedaba por hacer.

A continuación, la prioridad de la Convergencia Grupo consistió en establecer un sistema de reporting adaptado, es decir, de recopilación de la información necesaria para el seguimiento y la coordinación de los proyectos en todas las divisiones con el fin de comunicar la información esencial al Comité Ejecutivo de BNP Paribas.


Analizar la directiva para establecer una base común
La directiva MiFID debe adaptarse a su vez al derecho nacional, por lo que puede interpretarse de diferentes maneras en los países implicados.

De ahí que la Convergencia Grupo decidiera realizar, en estrecha colaboración con los juristas, su propio análisis de la MiFID y de este modo establecer una transposición “BNP Paribas” de la directiva, fijar un marco común e identificar las prioridades por respetar. “Definir una base común, a pesar de las disparidades locales, implica dotarse de los medios necesarios para constituir una auténtica economía de escala paneuropea. La incorporación de la MiFID es una fantástica oportunidad para racionalizar y armonizar los procesos y controles de la distintas divisiones y del departamento de Convergencia”, observa Ivan Mortimer-Schutts.

En febrero de 2007, este trabajo de análisis permite ya divulgar tres documentos prácticos y complementarios para asegurar que todas las disposiciones se tengan debidamente en cuenta en los proyectos. Así, se publica una “Check-List” por tema para validar el perímetro, el contexto y la naturaleza de los controles efectuados. Además, se pone a disposición un “Examen por Proceso” para cambios y controles. Por último, se facilita una “Guía Práctica” que presenta una visión general incluyendo los elementos principales de la ley así como los estudios en curso.


La satisfacción de las divisiones
Quedó pues superado el desafío de operar a partir del 1 de noviembre en un espacio europeo transformado. Ahora habrá que integrar las disposiciones estipuladas en la MiFID en el plan de control permanente de las actividades.
De este modo, a finales de 2008 o a principios de 2009, ya se podrá efectuar una evaluación conjunta de todo lo implantado en las diferentes filiales y divisiones.

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